Circular informativa 12-2019
Nuevas medidas de Protección Social.
Medidas de Fomento del Empleo (Real Decreto ley 8/2019 de 8 de marzo de 2019)
1.- Bonificaciones en las cuotas por contingencias comunes a la Seguridad Social durante los dos años siguientes a la transformación del contrato:
Empresas que transformen, antes del 1 de enero de 2020, los contratos de duración temporal de trabajadores por cuenta ajena agrarios, en contratos indefinidos, incluidos los contratos fijos-discontinuos.
La empresa deberá mantener al trabajador al menos tres años contratado, desde la fecha de transformación, y la cuantía de la bonificación dependerá del grupo de cotización del trabajador.
2.- Bonificación en la cuota empresarial para las empresas que contraten indefinidamente a desempleados de larga duración (al menos doce meses en los dieciocho anteriores a su contratación). La bonificación será de 1.300 euros al año durante tres años y de 1.500 euros en caso de mujeres.
La empresa deberá mantener al trabajador al menos tres años contratado, desde el inicio de la relación laboral y mantener el nivel de empleo al menos durante dos años.
3.- Bonificación del 50 % de la cuota empresarial a la Seguridad Social para las empresas privadas de los sectores turismo, comercio y hostelería vinculados al turismo, que inicien o mantengan en alta a trabajadores fijos-discontinuos durante los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año.