¿Puede el autónomo deducir en este IRPF los gastos de la nueva Ley o no?
Ley de Autónomos fue aprobada en octubre de 2017. En ella se incluían nuevas fórmulas para deducir gastos de manutención y de suministro del hogar. Esto ha generado cierta confusión a cómo deben aplicarse los mismos en esta Declaración de la Renta. La duda surge ante la necesidad de llegar hasta el final del articulado de esa Ley, donde se especifica en qué momento entra en vigor cada una de las normas. Porque no todas lo hicieron de forma inmediata.
En concreto, el articulado que hace referencia a la nueva fórmula para desgravar gastos de manutención y vivienda (en el caso de que se trabaje en el hogar) entraron en vigor a partir del 1 de enero. La nueva Ley del autónomo sí entró en vigor durante el periodo en el que ahora se rinden cuentas con motivo del IRPF. Pero no los artículos que hacen referencia a esos gastos. Por lo tanto, no se pueden incluir en el actual periodo de la Declaración.
Los autónomos pueden deducirse los gastos de manutención y vivienda desde el 1 de enero de 2018.
Deducciones de gastos en la próxima declaración de la Renta
Desde el 1 de enero, los profesionales autónomos que desarrollen su actividad en su propia vivienda habitual, pueden deducirse parte de los gastos de los suministros. Las facturas del gas, la electricidad, el agua o el servicio de telefonía e internet son desgravables, tal y como se contemplan en la nueva ley de autónomos. desde Hacienda se publicó una nota aclarando exactamente qué se pueden, y qué no, incluir en esta deducción.
De esta manera, la Agencia tributaria especifica que serán “deducibles en el porcentaje que resulte de aplicar el 30 por ciento a la proporción existente entre los metros cuadrados de la vivienda destinados a la actividad respecto a su superficie total, salvo que se pruebe un porcentaje superior o inferior". Por tanto, es necesario calcular el espacio que se dedica a la actividad profesional, para poder establecer la proporción con respecto a los metros cuadrados totales de la vivienda.
Por otro lado, los trabajadores por cuenta propia también pueden desgravarse sus gastos de manutención. Hasta 26,67 euros al día (48,08 euros si se encuentra en el extranjero) por gasto de manutención durante en el ejercicio de su actividad. Para ello, es necesario que se produzca en un establecimiento de restauración y hostelería, y que el importe se abone a través de medios electrónicos.
En resumen, los autónomos ya pueden beneficiarse de estas medidas, pero no podrán aplicarlas hasta la campaña de la Renta del próximo año.
Desde Asesoria Ratio prestamos asesoramiento continuado a las empresas y particulares en la adecuada atención de sus obligaciones tributarias, consultanos www.asesoriaratio.com