Ayudas e incentivos para empresas.
Se convocan las subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, destinadas a fomentar el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia en la Comunidad de Castilla y León para el año 2018.
Destinatarios : Serán beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas, incluidas aquellas que formen parte de una comunidad de bienes o sociedad civil, que se establezcan por cuenta propia y hayan iniciado una actividad económica por cuenta propia, entre el 1 de septiembre de 2017 y el 31 de agosto de 2018
Objeto : Promover el desarrollo de actividades económicas por cuenta propia, en el territorio de la Comunidad de Castilla y León.
Cuantía: La cuantía máxima de la subvención se calculará en función de que el solicitante acredite la realización de todas o alguna de las siguientes acciones subvencionables:
1.– Si acredita el inicio de una actividad económica por cuenta propia, el importe de la subvención será de:
– 4.000 €: Si el beneficiario de la subvención es menor de 35 años, persona de entre 35 y 44 años, ambos inclusive, que sea desempleada de larga duración, o
si tiene 45 o más años de edad.
– 3.000 €: Si el beneficiario es una persona de entre 35 y 44 años de edad, no desempleada de larga duración, que haya permanecido inscrita como desempleada en el Servicio Público de Empleo durante 3 o más meses ininterrumpidos, inmediatamente anteriores al día de inicio de la actividad.
Dichas cuantías podrán ser incrementadas si concurre alguna de las circunstancias señaladas en las Bases Reguladoras de estas subvenciones.
2.– En el caso de que la acreditación se refiera a la contratación de servicios para mejorar el desarrollo de la actividad económica, se subvencionará con el 75% del coste real de los servicios prestados, IVA excluido, con un máximo de 3.000 €.
3.– La acreditación de cursos de formación se subvencionará con el 75% del coste real de la formación recibida, IVA excluido, con un máximo de 2.000 €.
Plazo de solicitud : Para la actividad económica iniciada entre el 1 de septiembre de 2017 y el 9 de mayo de 2018, el plazo será hasta el 9 de julio de 2018, para la actividad económica por cuenta propia que se inicie a partir del 9 de mayo, en el plazo de dos meses computados desde la fecha de inicio de dicha actividad económica, con el límite hasta el 15 de septiembre de 2018.
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