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13
OCT.
2016
 
 
 

Alerta: "Tiene un SMS de la Agencia Tributaria"

Publicado por asesoriaratio.com | jueves, 13 de octubre de 2016 a las 12:43 h.
Fuente CINCO DIAS
Recibir una notificación de la Agencia Tributaria siempre genera inquietud, pero hay un escenario peor: Recibir una carta de Hacienda, no enterarse de ello y perder el plazo para presentar las correspondientes alegaciones y recursos o no acceder a la posibilidad de la rebaja de una sanción por pronto pago. Cuando el cartero lleva un aviso de Hacienda y no encuentra al contribuyente, debe volver al cabo de tres días y en una hora distinta.

Recibir una notificación de la Agencia Tributaria siempre genera inquietud, pero hay un escenario peor: Recibir una carta de Hacienda, no enterarse de ello y perder el plazo para presentar las correspondientes alegaciones y recursos o no acceder a la posibilidad de la rebaja de una sanción por pronto pago. Cuando el cartero lleva un aviso de Hacienda y no encuentra al contribuyente, debe volver al cabo de tres días y en una hora distinta. Si el intento también resulta infructuoso, la notificación se realizará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE). No haber recibido la carta en mano no impide sus efectos o la imposición de sanciones.

Para tener una mayor certeza sobre el envío de comunicaciones fiscales, la Agencia Tributaria publicará a partir de hoy en su página web www.agenciatributaria.es una nueva aplicación para que los contribuyentes puedan dejar su número de teléfono móvil o un correo electrónico con el fin de recibir alertas de Hacienda. Así, la Agencia Tributaria avisará al móvil o al correo electrónico de los contribuyentes inscritos en el sistema cuando les remita una notificación. Es decir, las comunicaciones se seguirán realizando por vía postal, la diferencia es que ahora el ciudadano tiene la posibilidad de saber que recibirá una notificación de Hacienda en su vivienda.

Ello le permitirá estar alerta a la llegada de la comunicación o acceder a la notificación a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Se trata de un programa voluntario. Un banner en la web de la Agencia Tributaria guiará al usuario que quiera adherirse al proyecto. Fuentes de la administración indican que el hecho de dejar el número de teléfono o el correo electrónico no modifica en nada el resto de procesos. Es decir, un contribuyente recibirá de la misma forma que siempre las notificaciones de Hacienda, lo único que cambia es que ahora puede conocer con cierta antelación que se producirá un envío. En cualquier caso, no se indicarán los plazos previstos de la llegada de la carta.

En los SMSo en los correos electrónicos tampoco se incluirá el motivo ni el contenido de la notificación, simplemente se avisará de su existencia. “La Agencia Tributaria ha emitido una notificación dirigida al NIFXXX”. Este será el texto que recibirán los contribuyentes que decidan adherirse al programa de avisos que se pone en funcionamiento a partir de hoy.

Por motivos de seguridad, solo se mostrarán algunos dígitos del NIFdel contribuyente. La Agencia Tributaria señala que en ningún caso el aviso tendrá la consideración de notificación. Además, si un contribuyente adherido al programa no recibiera por el motivo que fuera la alerta, “ello no impedirá que la notificación sea considerada válida”.

El nuevo sistema de alertas nace después de que el pasado lunes entrara en vigor la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas que aprobó el Gobierno de Mariano Rajoy al final de la anterior legislatura. Esta norma es la base para extender el uso de la tecnología en las relaciones entre los ciudadanos y la Administración Pública.

Las empresas no se ven afectadas por el nuevo sistema de alertas. De hecho, las sociedades ya están obligadas a relacionarse con la Administración Pública a través de mecanismos puramente telemáticos. Las empresas reciben las notificaciones a través de un buzón de correo electrónico. Fuentes de la Administración aseguran que la intención es extender el proyecto de alertas a las sociedades para que las empresas puedan recibir avisos también en un teléfono móvil.

Actualmente, cuando una compañía recibe un correo de Hacienda y no lo abre en 10 días, se considera entregado. Aun así, las compañías pueden seleccionar 30 días al año en los que Hacienda no puede remitir notificaciones electrónicas, una posibilidad que no existe en las comunicaciones en papel.

 
Más información... http://cincodias.com/cincodias/2016/10/12/economia/1476287685_243844.html
 

 
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