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Las empresas deberán registrar las horas de la jornada laboral del trabajador
Publicado por asesoriaratio.com |
jueves, 4 de abril de 2019 a las 08:46 h.
Fuente asesoriaratio.com
El Gobierno aprueba el control de la entrada y salida del puesto de trabajo para cortar el abuso de horas extra y la temporalidad
Registro de la jornada de trabajo
Se crean los registros de entrada y salida de cada trabajador, que deberán tener todas las empresas y que servirán para controlar que no se excedan las jornadas laborales máximas exigidas en la normativa y que, en su caso, se retribuyan las horas extras.
El artículo 10 modifica el art. 34 del Estatuto de los Trabajadores para incluir un nuevo apartado 9 que obliga a las empresas a realizar un «registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora», sin perjuicio de la flexibilidad horaria establecida en el Estatuto de los Trabajadores, pero sin concretar la forma de realizar dicho registro. La empresa tendrá que conservar los registros durante cuatro años. El incumplimiento de esta obligación será una infracción grave que supone una multa de 206 a 6.250 euros (el artículo 11 modifica el artículo 7 LISOS).
El registro horario entrará en vigor el día 12de mayo de 2019.